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Funciones de los órganos de la cooperativa

Ya en la Ley 438/94 de cooperativas se citaba:

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Artículo 1: "La cooperativa es una sociedad constituida por personas que se asocian, en régimen de libre adhesión y baja voluntaria, para la realización de actividades empresariales, encaminadas a satisfacer sus necesidades y aspiraciones económicas y sociales, con estructura y funcionamiento democrático, conforme a los principios formulados por la alianza cooperativa internacional, en los términos resultantes de la presente Ley".

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Ley 14/2011 de cooperativas:

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Artículo 26: Órganos sociales.

  1. Los órganos preceptivos de las sociedades cooperativas para su dirección y administración serán los siguientes:

      a) Asamblea General.

      b) Órgano de administración, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 36 y siguientes.

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Artículo 27. Concepto y clases.

  1. La Asamblea General, constituida por los socios y socias de la cooperativa, es el órgano supremo de expresión de la voluntad social en las materias cuyo conocimiento le atribuyen esta ley y los estatutos... Las asambleas generales pueden ser ordinarias y extraordinarias.

  2. Es Asamblea General ordinaria la que tiene que reunirse anualmente, dentro de los seis meses siguientes al cierre del ejercicio económico anterior, para analizar la gestión social; aprobar, si procede, las cuentas anuales, y distribuir los resultados positivos o imputar pérdidas...

  3. Toda Asamblea que no sea la prevista en el apartado anterior tendrá la consideración de extraordinaria.

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Artículo 53. El Consejo Rector: naturaleza y competencia

  1. El Consejo Rector es el órgano de gobierno, gestión y representación de la sociedad cooperativa y está sujeto a la ley, a los estatutos y a las directrices generales fijadas por la Asamblea General.

Por lo tanto...

La Asamblea General es la reunión de los socios para deliberar y tomar acuerdos sobre aquellos asuntos que sean de su competencia, como órgano supremo de expresión de la voluntad social.

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El Consejo Rector es el órgano de gobierno, gestión y representación de la sociedad cooperativa

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Así, nuestro Consejo Rector queda configurado y aprobado por Asamblea de la siguiente forma:

Presidente: Samuel M.

Vicepresidente: Mario C.

Secretario: Pablo K.

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Administración: Jorge T.

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